viernes, 14 de junio de 2019


FONACIT

El Fondo Nacional de Ciencia, Tecnologías e Innovación (FONACIT) es el ente beneficiario de los aportes de carácter tributario previstos en el Decreto con rango, valor, fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI), cuya más reciente reforma se dio en el marco de la Ley Habilitante de 2014, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.151 del 18 de noviembre de dicho año.

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ORGANO RECTOR

El Ministerio de Ciencia y Tecnología es el órgano rector en materia de ciencia y tecnología y actuará como coordinador y articulador del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, en las acciones de desarrollo científico y tecnológico, con los organismos de la Administración Pública Nacional. Los mecanismos de comunicación y participación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación serán definidos en el reglamento de este Decreto-Ley.


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¿QUE SE CREO?

El Ministerio de Ciencia y Tecnología apoyará la gestión del conocimiento y el seguimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación a través de un organismo que se creará a tales fines y que se llamará Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este organismo tendrá entre sus objetivos:

1. Propiciar estrategias que conviertan la información en oportunidad, para fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, e incentivar la interrelación y participación del sector público y privado, tanto a nivel nacional como internacional.

2. Crear un registro de los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

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¿QUE SE ESTABLECE?

Se establece que el SNCTI estará conformado por:

ü Organizaciones de educación superior, estatales, y del sector privado que realicen actividades vinculadas a la investigación y desarrollo, la innovación tecnológica, y a la formación y el perfeccionamiento del talento humano necesario para estas actividades.

ü Se establece la obligación de aportar en las áreas de investigación, capacitación de recurso humano y desarrollo tecnológico las siguientes cantidades:

ü Las personas que comercialicen propiedad intelectual financiada a través de programas de esta Ley deben aportar entre 0,5% y 5% (mínimo) de la utilidad por tal concepto.

ü Las grandes empresas deben aportar entre 0,5% y 20% (mínimo) de la utilidad antes del Impuesto sobre la Renta. Se define como gran empresa aquella que percibe ingresos brutos anuales superiores a 100 mil unidades tributarias.

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ODJETO DEL SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION

El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación es el instrumento de planificación y orientación de la gestión del Ejecutivo Nacional, para establecer los lineamientos y políticas nacionales en materia de ciencia, tecnología e innovación, así como para la estimación de los recursos necesarios para su ejecución.

Las actividades científicas, tecnológicas y de innovación son de interés público y de interés general.


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ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN


DECRETO PRESIDENCIAL N° 12090 DEL AÑO 2001

En Gaceta Oficial N° 37.291 de fecha 26 de septiembre de 2001 fue publicado el Decreto Presidencial  N° 1.290 de fecha 30 de agosto de 2001, con Rango y fuerza  la  Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación con el fin de estimular y fomentar  la Investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo nacional.


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jueves, 6 de junio de 2019

Principios y Valores Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación 2005-2030: 

Principios:

Los principios que sustentan el Plan Nacional 2005- 2030 son, fundamentalmente, los siguientes:

 Sentido público y pensamiento de largo plazo para expresar direccionalidad en el mediano y corto plazos, acerca de cómo la ciencia, la tecnología y la innovación contribuyen con las premisas de desarrollo endógeno, sustentable y humano contempladas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Participación amplia y diversificada con especial énfasis en la incorporación de las comunidades, sectores populares, niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos mayores y pueblos indígenas. Promoción de la regionalización de la política pública de ciencia y tecnología con la finalidad de favorecer la descentralización en los procesos de toma de decisiones y en la implementación de programas desconcentrados con impacto para el desarrollo local endógeno. Favorecer la coordinación interinstitucional para lograr mayor coherencia en la aplicación conjunta de la política pública nacional.

Valores:

De acuerdo con los principios establecidos, los valores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para ejecutar las directrices y políticas del Plan Nacional 2005-2030 son:

ü  Justicia
ü  Equidad
ü  Cohesión
ü  Integridad
ü  Ética
ü  Estética
ü  Respeto
ü  Amor
ü  Libertad
ü  Sentido público
ü  Cálida
ü  Democracia
ü  Pensamiento crítico
ü  Sentido de la historia
ü  Sentido de futuro
ü  Arraigo cultural
ü  Cooperación
ü  Solidaridad
ü  Sustentabilidad.

Visión Compartida:

“Venezuela cuenta con una cultura científica transdisciplinaria e incluyente, en la cual la población es social y culturalmente integrada, creativa y solidaria, el bienestar es compartido por todos sus ciudadanos, se respeta la naturaleza, se preservan los saberes populares, la diversidad de la cultura propia y el conocimiento ancestral de sus pueblos indígenas y afrodescendientes, en el marco de los valores de cooperación, inclusión y soberanía nacional”.
Misión Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación:

 “El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación contribuirá con hacer posible un desarrollo endógeno, sustentable y humano a través del incentivo y desarrollo de procesos de investigación, producción y transferencia de conocimiento de calidad y pertinente a los problemas y demandas fundamentales que afectan actualmente a la sociedad venezolana y los que potencialmente (mediano y largo plazos), pudieran impactar las áreas económicas, sociales y culturales donde la ciencia, tecnología e innovación desempeñan un rol fundamental”. De acuerdo con esa misión del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación venezolano, entendido como red articulada de instituciones, empresas, organizaciones y ciudadanos, los actores del SNCTI.

Finalidad Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación:

Construir una cultura cintífico-técnológica que oriente las potencialidades y capacidades nacionales hacia la transformación de la sociedad venezolana a partir de la configuración de valores y modelos de acción que promuevan una ciencia, tecnología e innovación pertinente, integral, de producción colectiva, comprometida con la inclusión y la vida en el planeta.
Marco Filosófico Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación:

El Plan Nacional 2005-2030, sustentado en el marco legal que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI —específicamente en sus artículos 11 al 19— ha recogido diversidad de opiniones en torno a las apreciaciones que tienen los actores del SNCTI, acerca de cómo la ciencia, tecnología e innovación contribuyen con el desarrollo del país, definiendo para ello un marco filosófico de acción a veinticinco años, que es el resultado de un proceso en el que se ha recuperado con creces la capacidad de soñar un mundo mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la gente.

Plan Nacional De Ciencia e Innovación

 Base legal del Plan Nacional De Ciencia e Innovación 2005-2030:

La razón principal por la que se priorizaron los enfoques cualitativos para este plan, se debió, esencialmente, al hecho de entender el mismo como la expresión de un proceso democrático orientado a definir sueños, caminos y esperanzas desde una dimensión que sólo puede encontrarse en la esfera de los sentimientos que movilizan el deseo colectivo para un mundo mejor. En tal sentido, la capacidad de los enfoques cualitativos para expresar la dimensión subjetiva y valorativa de las personas, son mucho más sólidos en el campo de las ciencias sociales, psicológicas y antropológicas, que en los enfoques formalistas y estructurados, normalmente utilizados en la planificación. Mención aparte merece destacar el tipo de resistencia que se genera cuando se intenta incorporar la voz y la historia de los sujetos que tradicionalmente no han sido consultados en la definición de políticas de ciencia y tecnología, específicamente, comunidades provenientes de sectores populares, indígenas, jóvenes, niño(a) y, en general, personas excluidas de los enfoques de participación concebidos exclusivamente para élites académicas (expertos) y sectores empresariales. De acuerdo con lo anterior, el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología 2005-2030 se concibió como una investigación de envergadura, dirigida a captar la opinión de esa diversidad de actores con respecto a los antecedentes y las ventajas y desventajas actuales del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y sus visiones estratégicas para lograr el desarrollo endógeno, sustentable y humano del país, con la finalidad de definir las líneas de política que desde el presente permitirían actuar en función de las visiones deseadas.