lunes, 24 de junio de 2019
sábado, 22 de junio de 2019
viernes, 14 de junio de 2019
FONACIT
El Fondo Nacional de Ciencia, Tecnologías e Innovación
(FONACIT) es el ente beneficiario de los aportes de carácter tributario
previstos en el Decreto con rango, valor, fuerza de Ley Orgánica de Ciencia,
Tecnología e Innovación (LOCTI), cuya más reciente reforma se dio en el marco
de la Ley Habilitante de 2014, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria
Nro. 6.151 del 18 de noviembre de dicho año.
ORGANO
RECTOR
El Ministerio de Ciencia y Tecnología es el órgano
rector en materia de ciencia y tecnología y actuará como coordinador y
articulador del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, en las
acciones de desarrollo científico y tecnológico, con los organismos de la Administración
Pública Nacional. Los mecanismos de comunicación y participación del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación serán definidos en el reglamento
de este Decreto-Ley.
¿QUE SE
CREO?
El Ministerio de Ciencia y Tecnología apoyará la
gestión del conocimiento y el seguimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología
e Innovación a través de un organismo que se creará a tales fines y que se llamará
Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este organismo
tendrá entre sus objetivos:
1. Propiciar estrategias que conviertan la información
en oportunidad, para fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación, e incentivar la interrelación y participación del sector público y
privado, tanto a nivel nacional como internacional.
2. Crear un registro de los integrantes del Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación.
¿QUE SE ESTABLECE?
Se establece que el SNCTI estará conformado por:
ü Organizaciones
de educación superior, estatales, y del sector privado que realicen actividades
vinculadas a la investigación y desarrollo, la innovación tecnológica, y a la
formación y el perfeccionamiento del talento humano necesario para estas
actividades.
ü Se
establece la obligación de aportar en las áreas de investigación, capacitación
de recurso humano y desarrollo tecnológico las siguientes cantidades:
ü Las
personas que comercialicen propiedad intelectual financiada a través de
programas de esta Ley deben aportar entre 0,5% y 5% (mínimo) de la utilidad por
tal concepto.
ü Las
grandes empresas deben aportar entre 0,5% y 20% (mínimo) de la utilidad antes
del Impuesto sobre la Renta. Se define como gran empresa aquella que percibe
ingresos brutos anuales superiores a 100 mil unidades tributarias.
ODJETO DEL
SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION
El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
es el instrumento de planificación y orientación de la gestión del Ejecutivo
Nacional, para establecer los lineamientos y políticas nacionales en materia de
ciencia, tecnología e innovación, así como para la estimación de los recursos
necesarios para su ejecución.
Las actividades científicas, tecnológicas y de
innovación son de interés público y de interés general.
ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
DECRETO
PRESIDENCIAL N° 12090 DEL AÑO 2001
En Gaceta Oficial N° 37.291 de fecha 26 de septiembre
de 2001 fue publicado el Decreto Presidencial
N° 1.290 de fecha 30 de agosto de 2001, con Rango y fuerza la Ley
Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación con el fin de estimular y
fomentar la Investigación científica, la
apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación
tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y
circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo nacional.
lunes, 10 de junio de 2019
viernes, 7 de junio de 2019
jueves, 6 de junio de 2019
Principios y Valores Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación 2005-2030:
Principios:
Los principios que sustentan el Plan Nacional 2005- 2030 son, fundamentalmente, los siguientes:
Principios:
Los principios que sustentan el Plan Nacional 2005- 2030 son, fundamentalmente, los siguientes:
Sentido público y
pensamiento de largo plazo para expresar direccionalidad en el mediano y corto
plazos, acerca de cómo la ciencia, la tecnología y la innovación contribuyen
con las premisas de desarrollo endógeno, sustentable y humano contempladas en
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Participación amplia
y diversificada con especial énfasis en la incorporación de las comunidades,
sectores populares, niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos mayores y
pueblos indígenas. Promoción de la regionalización de la política pública de
ciencia y tecnología con la finalidad de favorecer la descentralización en los
procesos de toma de decisiones y en la implementación de programas
desconcentrados con impacto para el desarrollo local endógeno. Favorecer la
coordinación interinstitucional para lograr mayor coherencia en la aplicación
conjunta de la política pública nacional.
Valores:
De acuerdo con los principios establecidos, los valores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para ejecutar las directrices y políticas del Plan Nacional 2005-2030 son:
Valores:
De acuerdo con los principios establecidos, los valores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para ejecutar las directrices y políticas del Plan Nacional 2005-2030 son:
ü Justicia
ü Equidad
ü Cohesión
ü Integridad
ü Ética
ü Estética
ü Respeto
ü Amor
ü Libertad
ü Sentido
público
ü Cálida
ü Democracia
ü Pensamiento
crítico
ü Sentido
de la historia
ü Sentido
de futuro
ü Arraigo
cultural
ü Cooperación
ü Solidaridad
ü Sustentabilidad.
Visión Compartida:
“Venezuela cuenta con una cultura científica
transdisciplinaria e incluyente, en la cual la población es social y
culturalmente integrada, creativa y solidaria, el bienestar es compartido por
todos sus ciudadanos, se respeta la naturaleza, se preservan los saberes
populares, la diversidad de la cultura propia y el conocimiento ancestral de
sus pueblos indígenas y afrodescendientes, en el marco de los valores de
cooperación, inclusión y soberanía nacional”.
Misión Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación:
“El Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación contribuirá con hacer posible un desarrollo
endógeno, sustentable y humano a través del incentivo y desarrollo de procesos
de investigación, producción y transferencia de conocimiento de calidad y pertinente
a los problemas y demandas fundamentales que afectan actualmente a la sociedad
venezolana y los que potencialmente (mediano y largo plazos), pudieran impactar
las áreas económicas, sociales y culturales donde la ciencia, tecnología e
innovación desempeñan un rol fundamental”. De acuerdo con esa misión del
Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación venezolano, entendido como
red articulada de instituciones, empresas, organizaciones y ciudadanos, los
actores del SNCTI.
Finalidad Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación:
Construir una cultura cintífico-técnológica que oriente las potencialidades y capacidades nacionales hacia la transformación de la sociedad venezolana a partir de la configuración de valores y modelos de acción que promuevan una ciencia, tecnología e innovación pertinente, integral, de producción colectiva, comprometida con la inclusión y la vida en el planeta.
Construir una cultura cintífico-técnológica que oriente las potencialidades y capacidades nacionales hacia la transformación de la sociedad venezolana a partir de la configuración de valores y modelos de acción que promuevan una ciencia, tecnología e innovación pertinente, integral, de producción colectiva, comprometida con la inclusión y la vida en el planeta.
Marco Filosófico Del Plan Nacional De Ciencia e Innovación:
El Plan Nacional 2005-2030, sustentado en el marco legal
que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI —específicamente en sus
artículos 11 al 19— ha recogido diversidad de opiniones en torno a las
apreciaciones que tienen los actores del SNCTI, acerca de cómo la ciencia,
tecnología e innovación contribuyen con el desarrollo del país, definiendo para
ello un marco filosófico de acción a veinticinco años, que es el resultado de
un proceso en el que se ha recuperado con creces la capacidad de soñar un mundo
mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la
gente.
Plan Nacional De Ciencia e Innovación
Base legal del Plan Nacional De Ciencia e Innovación 2005-2030:
La razón principal por la que se priorizaron los enfoques cualitativos
para este plan, se debió, esencialmente, al hecho de entender el mismo como la
expresión de un proceso democrático orientado a definir sueños, caminos y
esperanzas desde una dimensión que sólo puede encontrarse en la esfera de los
sentimientos que movilizan el deseo colectivo para un mundo mejor. En tal
sentido, la capacidad de los enfoques cualitativos para expresar la dimensión
subjetiva y valorativa de las personas, son mucho más sólidos en el campo de
las ciencias sociales, psicológicas y antropológicas, que en los enfoques
formalistas y estructurados, normalmente utilizados en la planificación.
Mención aparte merece destacar el tipo de resistencia que se genera cuando se
intenta incorporar la voz y la historia de los sujetos que tradicionalmente no
han sido consultados en la definición de políticas de ciencia y tecnología,
específicamente, comunidades provenientes de sectores populares, indígenas,
jóvenes, niño(a) y, en general, personas excluidas de los enfoques de
participación concebidos exclusivamente para élites académicas (expertos) y
sectores empresariales. De acuerdo con lo anterior, el Plan Nacional de Ciencia
y Tecnología 2005-2030 se concibió como una investigación de envergadura,
dirigida a captar la opinión de esa diversidad de actores con respecto a los
antecedentes y las ventajas y desventajas actuales del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y sus visiones estratégicas para
lograr el desarrollo endógeno, sustentable y humano del país, con la finalidad
de definir las líneas de política que desde el presente permitirían actuar en
función de las visiones deseadas.
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